sábado. 21.09.2024

El Ministerio de Sanidad ha publicado una nueva actualización del protocolo ‘Procedimiento de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2)’. Este protocolo que ha sido revisado y aprobado por la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta, publicado en su web este sábado 11 de abril, forma parte de los documentos en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la infección por el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2).

Una de las principales novedades del mismo se encuentra en la realización de los test diagnósticos. En concreto, además de a pacientes con infección respiratoria aguda que estén hospitalizados, o cumplan criterios de ingreso hospitalario, y al personal sanitario y sociosanitario, ya incorpora que se realicen test para detectar la enfermedad a otros servicios esenciales que también presenten una afección respiratoria aguda, además de a personas especialmente vulnerables o residentes en instituciones cerradas.

Otra especificación de este nuevo protocolo es que si las pruebas iniciales son negativas en un paciente con una alta sospecha clínica y epidemiológica para SARS-CoV-2 (especialmente cuando solo se han recogido muestras de tracto respiratorio superior o la muestra recogida inicialmente no estaba tomada adecuadamente) se repetirán las pruebas diagnósticas con nuevas muestras del tracto respiratorio o con muestras de sangre venosa periférica o capilar.

Por otra parte, desde Sanidad recuerdan que un paciente podría excretar virus en heces y/o orina sin tener resultados positivos en sus muestras respiratorias. No es imprescindible la negativización de estas muestras para el fin del aislamiento, pero debe tenerse en cuenta a la hora de establecer las recomendaciones tras el aislamiento y seguir precauciones higiénicas para proteger a los contactos en el hogar.

Clasificación de casos

Por otro lado, este nuevo protocolo describe cómo se están clasificando los casos desde las diferentes CC.AA. siguiendo los actuales procedimientos. De este modo los casos confirmados son aquellos que cumplen criterios de confirmación por laboratorio: PCR o test de diagnóstico positivo de antígeno o anticuerpos.

Mientras que los casos probables son aquellos en los que se observa una infección respiratoria aguda grave con criterio clínico y radiológico compatible con un diagnóstico de Covid-19 no confirmado; mientras que dará como posibles los casos con infección respiratoria aguda leve al que no se le ha realizado prueba de diagnóstico microbiológico.

En los casos posibles, probables y confirmados que no requieren ingreso hospitalario se indicará aislamiento domiciliario. El aislamiento se mantendrá hasta transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico con un mínimo de 7 días desde el inicio de los síntomas. El seguimiento y el alta serán supervisados por su médico de Atención Primaria o de la forma que se establezca en cada comunidad autónoma.

Los casos probables y confirmados que han requerido ingreso hospitalario podrán recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite aunque su PCR siga siendo positiva, pero deberán mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación clínica al menos 14 días desde el alta hospitalaria, siempre que hayan transcurrido tres días desde la resolución de la fiebre y el cuadro clínico.

De esta forma, Sanidad pide a las CC.AA. que les informen de los casos confirmados y probables, no así de los posibles. No obstante, si una comunidad autónoma realiza test de diagnóstico en población asintomática y estos son confirmados piden que está población sea también notificada de forma agregada en la fila habilitada para ello.